AYUDAS DESTINADAS A LA MODERNIZACION DE EXPLOTACIONES AGRARIAS, A LA PRIMERA INSTALACION DE JOVENES AGRICULTORES Y A LAS ACTUACIONES EN MATERIA DE REGADIOS EN CASTILLA LA MANCHA
Plazo de presentación de solicitudes
Hasta el 25 de julio de 2016.
Destinatarios
Los jóvenes, tanto hombres como mujeres, que en el momento de presentar la solicitud de ayuda tengan cumplidos 18 años de edad y no hayan cumplido 41 años, se instalen como titulares por primera vez en una explotación agraria que alcance la condición de prioritaria en el momento de finalización del expediente, que cuenten con la capacitación y formación adecuadas y ostenten el control efectivo sobre la misma. La instalación podrá realizarse en una de las siguientes modalidades:
a) Acceso a la titularidad exclusiva.
b) Acceso a la cotitularidad.
c) Integración como socio en una entidad preexistente o de nueva creación, no unipersonal y con personalidad jurídica.
d) Acceso a una explotación de titularidad compartida.
Importe
Las ayudas para la modernización de explotaciones consistirán en una subvención de capital. Con carácter general, la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha abonará una subvención de un mínimo del 25 % y de hasta un máximo del 40 % de la inversión subvencionable , alcanzando el 50 por ciento de dicha inversión en las zonas calificadas como desfavorecidas. (Más información Artículo 7 de la Orden reguladora)
Las ayudas a la primera instalación de agricultores jóvenes, consistirá en una prima única por explotación cuya cuantía máxima podrá ser de 34.000 euros, incrementandose en un 10% en determinados casos. (Más información Artículo 14 de la Orden reguladora)
Para las ayudas Inversiones de regadíos las actuaciones previstas podrán auxiliarse mediante una subvención de capital de un mínimo del 20 por ciento y de hasta un máximo del 40 por ciento de la inversión financiable sin sobrepasar el límite de 1.000.000 ¿.(Más información Artículo 20 de la Orden reguladora)
Criterios
La concesión de las ayudas se efectuará en régimen de concurrencia competitiva. En caso de insuficiencia de los créditos presupuestarios asignados, se aplicarán, según la ayuda, los criterios de prelación establecidos en los Artículos 9, 15 y 21 de la Orden reguladora.
Documentación a aportar
La documentación a aportar varia con la inversión y viene establecida en el Anexo 6 de la Orden reguladora.
Lugar de presentación
Presencial en los Registros de los órganos administrativos con arreglo a lo dispuesto en el Artículo 38.4 de la Ley 30/1992 y mediante envío telemático a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Información Adicional
Más información en: – Oficinas Comarcales Agrarias. – Servicios Periféricos de la Consejería de Agricultura. – Servicio de Infraestructuras y Explotaciones de la Dirección General de Infraestructuras y Desarrollo Rural. En las inversiones que resulte exigible, será necesario justificar el pago de la Tasa por inspección previa en ayudas para inversiones en materia de industrias agroalimentarias, explotaciones agrícolas y ganaderas.
Marco legal
DOCM: 16-JUN-14 Orden de 11/06/2014, , por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la modernización de explotaciones agrarias, a la primera instalación de jóvenes agricultores y a las actuaciones en materia de regadíos y se efectúa su convocatoria para 2014.
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